MODIFICAN ARTÍCULO 124 CONSTITUCIÓN, PERMITE LA REPOSTULACIÓN PRESIDENTE DANILO MEDINA

SANTO DOMINGO, República Dominicana (12 Junio 2015).- Con 183 votos a favor y 37 en contra, la Asamblea Nacional Revisora aprobó en segunda lectura la modificación del artículo 124 de la Constitución, que abre paso a la reelección presidencial por dos períodos consecutivos y "nunca más".

Con esta aprobación, el proyecto quedó convertido en ley y está pendiente la proclama de la nueva Constitución, que se hará a este sábado a partir de las 10:00 de la mañana en el mismo salón de la Asamblea Nacional.

La Asamblea Nacional Revisora aprobó el proyecto que establece la reelección presidencial por un solo período y nunca más.

    Cristina Lizardo y Abel Martínez firmaron el nuevo texto de la Constitución.

El proyecto contiene además un artículo transitorio para que en caso de que el presidente actual sea candidato en las elecciones de 2016-2020, no pueda repostularse para período 2020-2024, ni ningún otro; ni tampoco pueda optar por la vicepresidencia de la República.


Los asambleístas también aprobaron un texto del artículo transitorio sugiriendo la colocación del mismo dentro del Capítulo II de la Constitución vigente, relativo a las Disposiciones Transitorias, solicitando dejar solo siete de ellas, contenidas en la actual Constitución proclamada el 26 de enero del 2010.

Esas disposiciones transitorias son relativas a la Junta Central Electoral, Tribunal Superior Electoral; procedimiento de la designación de los integrantes de la Cámara de Cuentas y la “aclaración constitucional” de que “todas las autoridades electas mediante voto directo en las elecciones congresuales y municipales del año 2010, excepcionalmente, durarán en sus funciones hasta el 16 de agosto del 2016”.

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