PROCONSUMIDOR SANCIONA A LA LIDOM Y CBPC POR VIOLACIONES EN “DERBY HOME RUN”
SANTO DOMINGO, República Dominicana (4 Febrero
2016).- El Instituto Dominicana de Defensa y Protección al Consumidor
(PROCONSUMIDOR), estableció la noche de este miércoles la violación al derecho a la información veraz, completa, oportuna,
suficiente y verificable en la promoción
del evento “Derby Home Run” por parte
de la Liga de Béisbol Profesional de la
República Dominicana (LIDOM) y a la Confederación de Béisbol Profesional del
Caribe (CBPC), en violación a múltiples disposiciones de la Ley 358-0.
Este evento que se celebraría en el marco de la
Serie del Caribe en el Estadio Quisqueya Juan Marichal, fue anunciado con la participación de Grandes
Ligas, y contribuyó a que muchos
fanáticos adquieran las boletas del juego, por lo cual han sido presentadas varias
reclamaciones ante el organismo rector
de los derechos consumidores y usuarios.
La entidad consideró la imposición de una multa de
60 salarios mínimos y ordenó además al
LIDOM y a la CBPC, que a todo consumidor o usuario que haya adquirido boletas
para el Derby de Home Run y no hubiese
asistido a dicho evento, si así lo decidiere, le sea devuelto el monto pagado
por este concepto.
Las pruebas
presentadas fueron evaluadas por medios escritos, televisivos, rueda de
prensa y otros, donde se estableció que no hubo claridad en tiempo oportuno.
Pro Consumidor mediante una resolución dispuso
que en cumplimiento del debido proceso de Ley, se otorgan los plazos de
la Ley No. 107-13 sobre los Derechos y Deberes de las Personas en sus
Relaciones con la Administración Pública y los Actos y Procedimientos
Administrativos, tanto para la interposición del Recursos de Reconsideración
por ante la Dirección Ejecutiva como el Recursos Jerárquico por ante el Consejo
Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor
“Pro Consumidor”.
La entidad que dirige la doctora Anina Del Castillo
dispuso la notificación de la resolución
a la LIDOM y a la CBPC, Mediante la resolución D. E. No.
1-2016, la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Protección de
los Derechos del Consumidor “Pro Consumidor”, en ejercicio de las atribuciones
que le confieren las disposiciones de la Ley General de Protección de los
Derechos del Consumidor o Usuario No.
358-05, promulgada en fecha nueve (9) de septiembre del año dos mil cinco
(2005), Gaceta Oficial No. 10337, año CXLVI.
Precisa la resolución que en el marco de la
celebración del evento deportivo Serie del Caribe 2016, se ofertó un Derby de
Home Run, que sería celebrado en fecha
tres (03) de febrero del año dos mil dieciséis (2016).
Los organizadores anunciaron en el Derby de Home
Run, indicó en dicha rueda de prensa que participarían entre otros, los
jugadores de grandes ligas David Ortiz, Robinson Cano y Miguel Cabrera.
La entidad sostiene que no rectificada en tiempo
oportuno, a nivel de prensa radial, escrita, televisiva, medios digitales y
otras vías de comunicación, de que estos peloteros participarían en dicho
evento.
“Se declara la violación de los artículos 3 literal
m; 33 literal c; 48, 84; 88, 98 literal f, por parte de la Liga de Béisbol
Profesional de la República Dominicana (LIDOM) y Confederación de Béisbol
Profesional del Caribe (CBPC), por los motivos expuestos en el cuerpo de la
presente resolución.
Indicó que igualmente, dentro de las actividades
programadas de la Serie del Caribe, dadas a conocer en la página oficial de la
Confederación de Beisbol Profesional del Caribe (www.beisboldelcaribe.com),
está el artículo titulado “Serie del Caribe 2016 tendrá muchos atractivos” que
fue escrito por LASMAYORES.COM y que fue reproducido en medios de comunicación
impresos, el cual indica, citamos: “además de las actividades culturales y de
diversión dentro y fuera del estadio, habrá por primera vez en la historia del
evento un “festival de jonrones” con figuras de la talla de David Ortiz,
Robinson Canó y Vladimir Guerrero, además de superestrella venezolana Miguel
Cabrera y el cubano Alfredo Despaigne”.
La promoción de eventos y otras actividades complementarias a la publicidad, está
dirigida a incrementar las ventas para el público al que van dirigidas, lo que
ocurrió en el caso de la especie, pues se utilizaron nombres e imágenes de los
posibles jugadores estrellas, induciendo, indirectamente al público a entender
que esas eran las figuras que participarían.
Manifestó que previo a indicar la posible
participación de estas figuras preponderantes del deporte, los organizadores de
la Serie del Caribe, Confederación de Béisbol Profesional del Caribe y la Liga
de Béisbol Profesional de la República Dominicana (LIDOM), debieron asegurar
que fuesen cumplidos todos los requisitos que pudiesen ser necesarios para
asegurar la participación de estas figuras y así poder ofrecer a los usuarios
una información veraz, oportuna y completa.
Las actividades realizadas para la promoción del
evento “Derby Home Run” implicaron
infringir los derechos de los consumidores a recibir una información veraz,
completa, oportuna, suficiente y verificable.
El artículo 98, literal f, dispone que sean
obligaciones de los proveedores, entre otras, “Estar bien informados de la
naturaleza, utilidad, calidad y riesgos previsibles de los productos y
servicios que ofertan y transmitir esta información al consumidor en forma
clara, veraz y suficiente”.
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