PRESIDENTE DANILO MEDINA FIRMA REGLAMENTO SOBRE DECLARACIÓN JURADA DE PATRIMONIO
SANTO DOMINGO, República Dominicana (17 Marzo
2016).- El presidente Danilo Medina puso en vigencia, mediante la firma del
decreto 92-16, el Reglamento de aplicación de la Ley 311-14, sobre Declaración
Jurada de Patrimonio (DJP).
Según informó el ministro de la Presidencia, Gustavo
Montalvo, en el decreto se establecen las normas que viabilizan la adecuada
aplicación de la Ley 311-14 y explica que están sujetos a esta ordenanza
determinados funcionarios públicos (descritos en el artículo 3 de dicho
reglamento) de los órganos y entes constitucionales de la administración
central y descentralizada funcionalmente del Estado, de las empresas estatales
y de los entes de la administración local.
“Exhortamos a todos los funcionarios públicos que
deben hacer declaración formal de su patrimonio en los momentos establecidos
por la ley, para darle fiel cumplimiento, sin excepciones”, señaló Montalvo.
La Oficina de Evaluación y Fiscalización del
Patrimonio de los Funcionarios Públicos de la Cámara de Cuentas es el organismo
encargado de controlar el cumplimiento de la obligación de la declaración
jurada que deben realizar los funcionarios.
De acuerdo al decreto, los funcionarios deben
presentar su Declaración Jurada en formato digital en la Oficina de la Cámara
de Cuentas, así como suministrarla completando el formulario disponible en la
plataforma habilitada por la institución para esos fines.
“El formulario debe ser completado con datos
confiables, fidedignos y verificables, mediante la documentación de soporte
correspondiente”, agregó el ministro.
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