EL GOBIERNO REGULARÁ ENTREGA COMBUSTIBLES A GENERADORAS DE ELECTRICIDAD
SANTO DOMINGO, República Dominicana (16 Octubre
2916).- El Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Isidoro Santana,
valoró como muy positivo para el país el Decreto 275-16 que reglamenta los
impuestos al consumo de combustibles en el caso de las empresas generadoras de
electricidad.
Entiende que uno de los principales reclamos de la
opinión pública, sobre todo del sector empresarial, cuando se habla de la
necesidad de elevar la presión tributaria es que la prioridad debe ser el
control de la evasión, antes de proceder a cualquier incremento de impuestos.
“Los impuestos selectivos al consumo de combustibles
son una de las principales fuentes de ingresos tributarios. Es lógico, por
tanto, que se trate de fiscalizar acuciosamente su recaudación”, observó el
funcionario.
La existencia de un conjunto de disposiciones
legales que exoneran de esos impuestos selectivos a ciertos consumidores de
combustibles crea incentivos para tratar de evadir los impuestos, desviando
hacia otros usos o usuarios parte de los combustibles exonerados, explicó.
Según la estimación de gasto tributario, contenida
en el proyecto de Presupuesto General del Estado 2017, las exenciones de los
impuestos selectivos a los combustibles (tanto específicos como advalorem) para
el próximo año ascenderían a RD$26,005 millones de pesos, de los cuales
RD$24,509 millones corresponden a generación eléctrica, y el resto a los
sectores productivos de zonas francas, zona fronteriza y textil y calzado, así
como a los contratistas de obras del estado y concesiones mineras.
De ahí el interés de la administración tributaria
por fortalecer la fiscalización correspondiente y asegurar que esos sacrificios
fiscales vayan efectivamente a las actividades para las cuales se diseñaron.
Es por ello que la Ley 253-12, sobre el
Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad
Fiscal y el Desarrollo Sostenible, estableció que las exoneraciones a los
combustibles pasarían a ser aplicadas mediante un mecanismo de devolución de
los impuestos pagados, que se basa en el efectivo control del consumo realizado
por los beneficiarios de tales exoneraciones. La aplicación de tal disposición
legal se pospuso en aras de permitir el diseño de un mecanismo ágil y
confiable.
En ese sentido, el Decreto 275-16 no hace más que
eso, que es introducir mecanismos que permitan controlar el consumo real de
cada uno de los beneficiarios de las exoneraciones y, determinado ese consumo
real, reintegrar el impuesto selectivo pagado en un período de tiempo sumamente
razonable, aclaró Santana.


No hay comentarios.: