PROHÍBEN EN LA POLICÍA DE PUERTO RICO ORAR EN HORAS DE TRABAJO POR VIOLAR CLÁUSULA
SAN JUAN, Puerto Rico (6 Febrero 2017).- En la
Policía hay libertad de culto siempre y cuando no atente contra la cláusula
constitucional de la completa separación de Iglesia y el Estado.
La superintendente de la Policía, Michelle Hernández
así lo aclaró a la luz de las denuncias del sargento Salvador Padilla Fuentes,
quien tenía por “uso y costumbre” orar antes de comenzar su turno de trabajo y
es investigado administrativamente porque una subalterna se querelló contra él
porque, presuntamente, es atea.
La funcionaria se basó en una carta circular del 12
de septiembre del 2016 por el exsuperintendente José L. Caldero López, bajo el
título de “Política sobre el Discrimen y la Completa Separación de Iglesia y
Estado, en la que detalla cuales son las prácticas prohibidas y las permitidas
en la agencia para garantizar un ambiente laboral libre de cualquier
discrimen”.
“El policía
tiene la libertad de practicar su religión, pero no puedes discriminar por
religión o por sus creencias. No puedes utilizar el horario ni las áreas de
trabajo para imponer doctrinas religiosas a nadie. Mientras estás en servicio
no vas a utilizar tu tiempo de servicio, ni horario de servicio, para imponer
doctrinas religiosas a nadie”, expresó Hernández de Fraley.
La superintendente indicó que le va a solicitar este
lunes al presidente de la Comisión de Derechos Civiles, al licenciado Ever
Padilla, una opinión, ya que tiene la experiencia de casos anteriores.
“Queremos que emita una opinión desde otra perspectiva”, aseveró.
Al aclarar que no ha visto todavía la querella
radicada contra el sargento, Hernández indicó que la circular de Caldero López
fue consultada con los Departamentos de Justicia Federal y Estatal.
“En general, un oficial no puede invocar a una
reunión para orar en su horario de trabajo. Por ejemplo, si un teniente está en
su oficina en su horario de trabajo y mientras esta en laborando en su oficina
quiere orar o leer un pedazo de la Biblia, pues, chévere. La cuestión es que
como supervisor no puedes forzar a todo el mundo a hacer una oración”, reiteró
la coronela.
Algunas prácticas prohibidas son discriminar por
razón de religión o cualquier práctica que atente contra la separación de
Iglesia y Estado, utilizar el horario y las áreas de trabajo para imponer
doctrinas religiosas, sectarias de cualquier naturaleza y el proselitismo
religioso sobre la fe que profesen, entre otras acciones.
Por
MARIBEL HERNÁNDEZ PÉREZ/Primera Hora
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