PROHÍBEN EN LA POLICÍA DE PUERTO RICO ORAR EN HORAS DE TRABAJO POR VIOLAR CLÁUSULA

SAN JUAN, Puerto Rico (6 Febrero 2017).- En la Policía hay libertad de culto siempre y cuando no atente contra la cláusula constitucional de la completa separación de Iglesia y el Estado.

La superintendente de la Policía, Michelle Hernández así lo aclaró a la luz de las denuncias del sargento Salvador Padilla Fuentes, quien tenía por “uso y costumbre” orar antes de comenzar su turno de trabajo y es investigado administrativamente porque una subalterna se querelló contra él porque, presuntamente, es atea.

La funcionaria se basó en una carta circular del 12 de septiembre del 2016 por el exsuperintendente José L. Caldero López, bajo el título de “Política sobre el Discrimen y la Completa Separación de Iglesia y Estado, en la que detalla cuales son las prácticas prohibidas y las permitidas en la agencia para garantizar un ambiente laboral libre de cualquier discrimen”.

 “El policía tiene la libertad de practicar su religión, pero no puedes discriminar por religión o por sus creencias. No puedes utilizar el horario ni las áreas de trabajo para imponer doctrinas religiosas a nadie. Mientras estás en servicio no vas a utilizar tu tiempo de servicio, ni horario de servicio, para imponer doctrinas religiosas a nadie”, expresó Hernández de Fraley.

La superintendente indicó que le va a solicitar este lunes al presidente de la Comisión de Derechos Civiles, al licenciado Ever Padilla, una opinión, ya que tiene la experiencia de casos anteriores. “Queremos que emita una opinión desde otra perspectiva”, aseveró.

Al aclarar que no ha visto todavía la querella radicada contra el sargento, Hernández indicó que la circular de Caldero López fue consultada con los Departamentos de Justicia Federal y Estatal.

“En general, un oficial no puede invocar a una reunión para orar en su horario de trabajo. Por ejemplo, si un teniente está en su oficina en su horario de trabajo y mientras esta en laborando en su oficina quiere orar o leer un pedazo de la Biblia, pues, chévere. La cuestión es que como supervisor no puedes forzar a todo el mundo a hacer una oración”, reiteró la coronela.


Algunas prácticas prohibidas son discriminar por razón de religión o cualquier práctica que atente contra la separación de Iglesia y Estado, utilizar el horario y las áreas de trabajo para imponer doctrinas religiosas, sectarias de cualquier naturaleza y el proselitismo religioso sobre la fe que profesen, entre otras acciones.  





Por MARIBEL HERNÁNDEZ PÉREZ/Primera Hora 

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