PODER EJECUTIVO PROMULGA LEY LAVADO ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE TERRORISMO
SANTO DOMINGO, República Dominicana (2 Junio 2017).-
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Lavado de Activos y
Financiamiento al Terrorismo, aprobada por el Senado de la República y la
Cámara de Diputados.
La información la dio a conocer el vocero de la
Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, a través de la red social de Twitter.
La ley aumenta los años de prisión a las personas
que realicen el lavado de activos, al establecer una pena mínima de 10 años y
duplica la penalidad económica, además del decomiso de los bienes.
De acuerdo al ministro de la Presidencia, Gustavo
Montalvo, “esta ley propina un duro golpe contra la corrupción y la impunidad,
tal como reclama la sociedad dominicana, al incorporar, como delito precedente
del lavado de activos, el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos en
el ejercicio de sus funciones, las acciones típicas contra la cosa pública y
los delitos fiscales”.
También se incluyen como delitos precedentes la
falsificación y adulteración de medicamentos, los delitos medioambientales, la
pornografía infantil, el sicariato, la piratería y la violación a la propiedad
intelectual, entre otras infracciones que perjudican a la sociedad dominicana.
La pieza es considerada por el Gobierno como un
“gran avance” al incorporar los nuevos estándares internacionales en la lucha
contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, según las
recomendaciones del Grupo Acción Financiera Internacional (GAFI), de los
convenios internacionales firmados por la República Dominicana y de las
resoluciones de la Organización de las Naciones Unidas.
Los senadores aprobaron el proyecto la tarde del
miércoles con las modificaciones que envió la Cámara de Diputados, que incluyen
la variación del artículo 2, en su numeral 17, que mantiene la supervisión de
las cooperativas bajo el Instituto del Desarrollo y Crédito Cooperativo
(IDECOOP).
En el proyecto que fue aprobado en el Senado, las
cooperativas serían reguladas a través de la Superintendencia de Bancos.
Mientras que en el artículo 33 sobre los sujetos
obligados no financieros fueron incluidos los casinos de juego, juegos de azar,
bancas de lotería o apuestas y concesionarios de loterías y juegos de azar.
Caso de funcionarios
“En el caso de los funcionarios de organismos
supervisores que colaboren con los ejecutores del lavado de activos por acción
u omisión, o que revelen información confidencial a terceros, la pena mínima
pasará de 6 meses a 2 años,” aclaró el ministro.
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