INADMISIBLE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA TRANSITORIO CONSTITUCIÓN 13 JUNIO DEL 2015


SANTO DOMINGO, República Dominicana (31 Agosto 2018).- Fue declarada “inadmisible” por el Tribunal Constitucional (TC) la acción directa de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria de la Constitución, del 13 de junio de 2015, sometida por el abogado Fredermido Ferreras Díaz.

Falló en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.                                                                                              

Mediante el comunicado número 32-18 publicado este viernes por el TC establece que  “inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.

Ferreras Díaz sometió ante el TC una acción directa que buscaba la nulidad de la vigésima disposición transitoria que establece que “en el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

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