INADMISIBLE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA TRANSITORIO CONSTITUCIÓN 13 JUNIO DEL 2015
SANTO
DOMINGO, República Dominicana (31 Agosto 2018).- Fue declarada “inadmisible” por el Tribunal
Constitucional (TC) la acción directa de inconstitucionalidad contra la
disposición transitoria de la Constitución, del 13 de junio de 2015, sometida
por el abogado Fredermido Ferreras Díaz.
Falló en razón de la imposibilidad de declarar
inconstitucional la propia Constitución.
Mediante el
comunicado número 32-18 publicado este viernes por el TC establece que “inadmisible la acción directa de
inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición
transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015, en razón de
la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.
Ferreras
Díaz sometió ante el TC una acción directa que buscaba la nulidad de la
vigésima disposición transitoria que establece que “en el caso de que el
Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016
sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá
presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como
tampoco a la Vicepresidencia de la República”.
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