LA BOLA PICA Y SE EXTIENDEN; OTRA DEMANDA CONTRA DIRECTIVA ESCOGIÓ A ALEXIS BELTRÉ
SANTO
DOMINGO, República Dominicana (29 Agosto 2019).- La bola pica y se extiende en
Acroarte. Una segunda demanda fue incoada por todos los miembros la plancha
número 1 que terció el pasado 29 de junio en las elecciones de la Asociación de
Cronistas de Arte (Acroarte), la cual fue presidida por el periodista y
escritor Fausto Polanco, con lo que se busca inhabilitar la directiva juramentada
ilegalmente por los jueces Carlos Cepeda Suriel y Maura Alcántara.
La misma fue
notificada simultáneamente en el Distrito Nacional, Santo Domingo Oeste,
Santiago y Bonao, dirigida contra las actuales autoridades irregularmente
juramentadas y los dos jueces que firmaron la resolución impugnada.
La audiencia
está fijada para el jueves 5 de septiembre, por ante el presidente de la Cámara
Civil y Comercial del Distrito Nacional, a las 9:00 de la mañana.
Se trata de
una demanda en Referimiento en Suspensión Provisional de los Efectos de la
resolución No. 05-2019, de fecha 8 de julio de 2019 de la Junta de Elecciones
de Acroarte 2019, encabezada por Carlos Cepeda Suriel y Maura Alcántara, que
declaró ganador a Alexis Beltré, habilitando un voto nulo.
El doctor
Teobaldo Durán, representante de la parte demandante, pidió al juez de los
referimientos, mediante una demanda, que evite de manera provisoria que los
agravios que han causado sus requeridos, sigan realizándose, hasta tanto el
juez que está apoderado de la demanda en nulidad de la resolución por la cual
ellos están actuando de la manera en que lo están haciendo, falle y decida
sobre la misma.
Audiencia el 19 de
septiembre
Y es que la
plancha Azul demandó la nulidad de la resolución No. 05-2019, de fecha 8 de
julio de 2019, la cual fue acogida por la Cámara de la Cámara Civil y Comercial
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y fijó audiencia para el
día jueves 19 de septiembre.
No obstante,
a esa demanda, la Junta de Elecciones de Acroarte, integrada al efecto
únicamente por el presidente Carlos Cepeda Suriel y la miembro Maura Alcántara,
procedieron a juramentar y poner en posesión el 29 de julio, a los integrantes
de la plancha número 2, excepto a Sarah Hernández, candidata a la Secretaría
General, quien renunció a ser juramentada por lo ilegal y accidentado del
proceso.
En su lugar
procedieron de manera insólita, juramentar, en sustitución de Sarah, a Wanda
Sánchez, quien no fue electa ni participó del proceso eleccionario.
Manejan recursos
irregularmente
La demanda
hace referencia a que los declarados ganadores de la contienda referida, han
tomado posesión indebidamente de los puestos a los que aspiraron, tomando
decisiones y manejando recursos económicos, sin tomar en cuenta la seria
demanda en nulidad de la resolución que de manera irregular, los declaró
ganadores y los puso en posesión, decisiones que pudieran ser arrastradas por
la decisión de la demanda en nulidad pendiente de ser fallada, con las
imprevisibles consecuencias que se pudieran derivar de esa situación.
“Este hecho
está poniendo en riesgo y peligro la institucionalidad y el patrimonio del
gremio del cual forman parte mis requerientes y mis requeridos, por lo que se
hace imprescindible que el juez de los referimientos, evite de manera
provisoria que los agravios que han causado mis requeridos, sigan realizándose,
hasta tanto el juez que está apoderado de la demanda, en nulidad de la
resolución por la cual ellos están actuando de la manera en que lo están
haciendo, falle y decida sobre la misma”, dice la demanda.
Pago de 10 mil pesos
por día
Según dice el
documento, que ante el evento de que mis requeridos, Carlos Cepeda Suriel,
Maura Alcántara, Alexis Beltré, Julián Sosa, José Nova, Amerfi Cáceres, Elvira
Lora, Gladializa Pereyra, Ney Zapata y Santiago Pito Acevedo en sus ya
expresadas calidades, se negaren a cumplir con lo ordenado por ese Tribunal,
imponerles, de manera solidaria, el pago de un astreinte a favor y provecho de
mis requerientes, de RD$10,000, por cada día de retardo en la ejecución de la
decisión que de vos emane, y hasta la ejecución inmediata de dicha decisión.
“Autonegarse
como juez liquidador de la astreinte a imponer, procediendo a realizar dicha
liquidación el último jueves de cada mes, hasta la ejecución de la ordenanza a
intervenir; condenar a la parte demandada al pago de las costas del
procedimiento ordenando su distracción a favor y provecho del abogado
concluyente, quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte; bajo las más
expresas y formales reservas de derecho u acciones”, termina la demanda.


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