TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEJA EN ESTADO DE FALLO NULIDAD DE ARRASTRE EN CINCO PROVINCIAS Y EL DISTRITO SOLICITADO PARTIDOS EMERGENTES
SANTO DOMINGO.-
El Tribunal Constitucional (TC) conoció este lunes diez expedientes de acción
directa de inconstitucionalidad, incluyendo artículos de la Ley de Régimen y
Electoral, y la petición de seis partidos que piden la nulidad de la resolución de la Junta Central Electoral
que instituye el voto de arrastre “en cascada en cinco provincias y el Distrito
Nacional”.
Los Partidos
Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Dominicanos por el Cambio (DXC), Opción
Democrática (OD), Alianza país, Frente Amplio y Alianza por la Democracia,
sometieron ante el TC, un recurso contra la resolución 08-209.
Las
organizaciones en sus conclusiones, solicitaron al pleno del TC, declarar la
resolución dictada por la Junta Central Electoral que dispone el voto de
arrastre en 5 provincias con circunscripciones electorales y el Distrito
Nacional, no conforme a la Constitución
y en consecuencia, anular parcialmente dicha resolución por violaciones legales
constitucionales.
Las
organizaciones políticas estuvieron representadas por los abogados Amaurys Reyes, Sergio Germán Medrano, Diana
Contreras, Juan Dionisio Restituyo, Miguel Ferreras, Feliz Olivares, quienes
piden al TC, solicitar a la JCE abstenerse de aplicar ese método de elección
por voto de arrastre.
Los abogados
exhortaron a la Junta Central Electoral (JCE) abstenerse de aplicar, formal o
materialmente, el método de elección por voto de arrastre o fijar en particular
bajo la discriminatoria distinción entre provincia con circunscripciones
electorales y las provincias sin circunscripciones electorales.
El pleno del
TC también escuchó las conclusiones sobre la acción directa de
inconstitucionalidad, sometido por el Partido Reformista Social Cristiano,
PRSC, contra el artículo 2 y su párrafo de la Resolución 008-2019, que
instituye el método para la elección de senadores y senadoras en las elecciones
de mayo 2020, emanada de la JCE.
Frank
Martínez, en representación del Partido Reformista Social Cristiano, quien
actúa como accionante, dijo que esa disposición “le arrebata el derecho a los
ciudadanos de seis demarcaciones, en estos lugares la Junta Central Electoral
limita a tres niveles de elección cuando la ley Electoral, articulo 22
restablece cuatro niveles.
El PRSC,
está defiendo el derecho de los electores de escoger, votar por el senador de
su preferencia sin tener que votar a través de un diputado, razón por la cual
solicita al TC elimine esa resolución.
El ex
senador y dirigente del PRSC considera que la JCE debe devolverles el derecho a
los ciudadanos de votar de forma directa.
Los
magistrados del Tribunal Constitucional, conocieron un recurso de
inconstitucionalidad contra el Congreso
Nacional de la República.
La doctora
Dorca Medina, pide al TC que exhorte al Poder Legislativo a dar cumplimiento a
los artículos 210,272 y 97 de la Constitución a los fines de viabilizar, elaborar, aprobar
la Ley de Consultas Populares.
De igual
forma, solicitan exhortar a la JCE, ejercer sus funciones constitucionales y dictar una resolución que cree las
condiciones, mecanismos de participación popular.
Medina
sostuvo que la falta de esa figura impide la superación total, así como
transición del sistema político hacia un modelo real, participativo.
“Se debe
crear la Ley de Consulta populares, para tener derecho a elegir de forma
directa, por eso se mantienen tantos legisladores por tantos años en el
Congreso, esperamos un fallo del TC positivo en cuanto a nuestro pedimento”,
indicó Medina.
La abogada
destaco que la falta de las consultas populares impide también la transición
definitiva del sistema presidencialista hacia un verdadero sistema
constitucional.
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