CONTRA LA PRÓRROGA DEL ESTADO DE EMERGENCIA, EL PRM DEPOSTA RECURSO DE ANTICONSTITUCIONALIDAD EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SANTO DOMINGO, República Dominicana (16 Junio 2020).- El Partido Revolucionario Moderno (PRM) depositó en la mañana de este martes un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional (TC) en contra de la prórroga de 17 del Estado de Emergencia aprobada el pasado fin de semana por el Congreso Nacional.

La acción fue depositada en la sede del TC por el presidente del PRM, José Ignacio Paliza, y la dirección legal del partido, encabezada por el abogado Sigmund Freud.

La documentación argumenta que la resolución 67-20, dictada por el Congreso y los decretos 2013-20 y 214-20 del Poder Ejecutivo, violan los principios constitucionales de seguridad jurídica, proporcionalidad y legalidad.

La documentación indica que los decretos emitidos por el presidente de la República, Danilo Medina, son ambiguos al no regular claramente cómo deben proceder los diversos sectores frente a las limitaciones impuestas por el estado de emergencia.

“En lo relativo al principio de proporcionalidad tanto la resolución como los decretos son evidentemente irrazonables y violatorios a los principios de adecuación, necesidad y proporcionalidad. Es incuestionable que el Gobierno puede dictar medidas para las desescaladas sin la necesidad de que exista un Estado de Emergencia, el cual debe ser de carácter excepcional. Esto elimina derechos y garantías constitucionales que protegen a la población”, expresó el abogado Freud.

Los representantes del PRM también señalan que la nueva prórroga aprobada por el Congreso es desproporcional porque en la etapa actual del virus, lo razonable es el restablecimiento de la normalidad y la restitución de los derechos ciudadanos y no la conculcación de los mismos luego de tres meses de continuas prórrogas y más aún a menos de 20 días de la celebración de unas elecciones presidenciales y congresuales.

En la acción el PRM solicita que la misma sea conocida y fallada de extrema urgencia conforme este alto tribunal lo ha realizado en situaciones anteriores como es el caso de la decisión TC/0112/15, la cual fue incoada en fecha 3 de junio del 2015 y el tribunal dictó el fallo en fecha 5 de junio del 2015, al entender la delicadeza del proceso.

“Esperamos que el Tribunal Constitucional juegue su rol en un momento tan especial como éste en donde los derechos obtenidos por la sociedad, luego de muchos años de lucha se ven vulnerados por acciones arbitrarias del partido gobernante en su afán de retener el poder. Son momentos como estos los cuales la institucionalidad del país debe jugar un rol de primer orden para el mantenimiento y fortalecimiento del sistema democrático”, concluye diciendo el recurso del PRM.


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