EL TASADOR DEL MINISTESRIO PÚBLICO EN EL "CASO ODEBRECHT" DECLARA EN JUICIO DE FONDO QUE NUNCA ENTRÓ A LOS INMUEBLES DE ACUSADOS PARA ESTABLECER VALORES

SANTO DOMINGO, República Dominicana (19 Marzo 2021).- El ingeniero Jonathan Ramírez Pérez, tasador que sirvió como testigo por la Procuraduría General de la República (PGR) en el “Caso Odebrecht”, admitió que para establecer el valor de los inmuebles del exsenador Tommy Galán no accedió a las propiedades para constatar el valor real de los mismos en función de sus características, sino que había “tasado desde la calle”.

Sobre la certificación de su informe, Ramírez Pérez ratificó que el mismo es una simple valuación sobre lo que conforme a su criterio es el valor de los inmuebles a la fecha del mismo, puesto que “el Ministerio Público en ningún momento informó que el propósito de la valuación era demostrar que los mismos habían sido subvaluados al momento del registro de su adquisición”.

En su informe de evaluación, el perito confirma, además, que los valores que estableció a los inmuebles fueron considerados a la tasa del dólar al día 18 de mayo de 2018, conforme a la tasa fijada por el Banco Central, por lo que dejó establecido en el documento que “el valor de mercado expresado no incluye cualesquiera otros valores que pudieren derivarse por otras causas”.

Conforme a su propósito probatorio en el Caso Odebrecht, la Procuraduría General de la República (PGR) había asegurado que demostraría que el ex senador por San Cristóbal “falseó su declaración jurada, estableciendo montos subvalorados con el fin de que ocultar su valor real”, lo cual demostraría con el tasador Jonathan Ramírez Pérez y su informe de valuación de inmuebles, el cual terminó admitiendo que para sus valuaciones, no tuvo “acceso al interior de los inmuebles”.

Para el abogado José Ricardo Taveras, coordinador de la defensa del ex senador por San Cristóbal, con estas declaraciones del tasador “quedó totalmente desmontado el propósito probatorio del ministerio público”.

El jurista agregó que “dicho testimonio descalifica, más allá de lo legalmente inadmisible, moralmente al ministerio público para sustentar su alegato de subvaluación de los inmuebles, con un tasador que detalla la terminación de construcciones a la que admite nunca haber entrado, induciendo su técnico a error deliberado que no sólo se abstuvo de explicarle que su informe se usaría para probar una supuesta subvaluación, sino que además ha incurrido en violación de la normas internacionales de valuación que rigen en el país”.

En ese sentido, agregó que las normas nacionales de valuación “censuran la posibilidad de que un informe sea usado fuera de contexto o para propósitos para los cuales no se pretende, razón por la cual, el sostenimiento de ese testigo y de su informe, constituye una violación a la ética procesal y al principio de objetividad que se presume debe guiar sus actuaciones”.

Durante los debates técnicos la defensa de Galán cuestionó al testigo sobre lo que consideraron como profundas deficiencias técnicas en la formación de la convicción del tasador y testigo, ya qué a juicio de los especialistas, “el tasador obvió consignar factores indispensables para la validez de su informe”.

“Se obviaron costos de reposición, depreciación, edad de las construcciones, valores de reposición a nuevo, así como la justificación de las fórmulas del Análisis de Correlación Lineal Múltiple, entre otros, en base a las cuales llegó al establecimiento de los precios de los inmuebles tasados, factores que no se encuentran consignados en el informe de tasación”, explicaron.

La defensa reveló que “el informe de tasación fue ampliamente cuestionado por los peritos sobre todo porque él mismo dice haberse fundado en el Código de Ética del Capítulo de Tasación del CODIA y conforme a las Normas Internacionales de Valuación de Inmuebles (NIV), el primero de los cuales es una norma inexistente, pues en República Dominicana solo existe el Código de Ética del Instituto de Tasadores Dominicanos (ITADO)”.

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