EL EXPERTO ELECTORAL PABLO VICENTE ASEGURA MÉTODO DE ENCUESTA PARA ELEGIR CANDIDATURAS ES EL MENOS DEMOCRÁTICO
SANTO DOMINGO, República Dominicana (31 Octubre 2023).- El presidente de la Fundación Justicia y Desarrollo Local (FUJUDEL) planteó que la selección de modalidad de encuesta para elegir las candidaturas a puesto electivo plantea un desafío importante para los partidos políticos.
Para el especialista en derecho electoral el método de
encuesta es el menos democrático en vista de que da la oportunidad a quien
tenga más facilidad de posicionarse en el mercado político electoral, además de
que afecta la democracia interna de los partidos políticos.
En torno a las encuestas, Pablo Vicente entiende que,
si se utilizan de manera apropiada, las encuestas o sondeos de opinión pueden
ser un método útil, el peligro con las encuestas es que pueden ser manipuladas
de distintas formas al seleccionar las preguntas, en la definición de la muestra
y el momento de aplicarlas.
“Como forma de lograr una mayor legitimidad en la
aplicación de la encuesta creo que es importante que los partidos elaboren al
menos tres encuestas de diferentes encuestadoras para definir una candidatura,
de esa manera al menos se logra una mayor legitimidad del proceso”, recomendó
Pablo Vicente.
Sin lugar a duda, la inclusión de las encuestas como
modalidad de elección de candidatos y candidatas a cargos de elección popular,
como plantea la Ley No. 33-18 de partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, es uno de los más graves desaciertos de dicha ley, por lo que los
partidos políticos tienen que lograr que ese mecanismo de elección sea lo más
legítimo posible. Puntualizó
Suplantar el voto por las encuestas atenta contra el
libre ejercicio del sufragio, consagrado en el artículo 208 de la Constitución
Política y el funcionamiento democrático con que deben funcionar los partidos
políticos, de conformidad con el artículo 216 de la misma.
Existe una tendencia en América Latina de reemplazar
las elecciones internas o primarias por la realización de encuestas sobre
preferencias electorales e intención del voto. Esto se ha presentado en varios
países de la región, como México y Chile, tanto en elecciones presidenciales
como en comicios locales.
En la ley 33-18 plantea en el artículo 45. Párrafo I
que: Las primarias, convenciones de delegados, de militantes, de dirigentes y
encuestas son las modalidades mediante las cuales los partidos, agrupaciones y
movimientos políticos escogen sus candidatos y candidatas.
Los candidatos y candidatas seleccionados mediante
cualquiera de estas modalidades quedan habilitados para ser inscritos en la
junta electoral correspondiente, de conformidad con la Constitución y la ley.
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