Acusan a empresa de Puerto Rico de cobrar más de $800,000 por una presentación fatula de Chayane en Venezuela, sin autorización del equipo del cantante
La demanda civil fue
radicada esta semana en el Tribunal Federal de San Juan por los ciudadanos
venezolanos Flavio Franco Lorenzi, Edmundo Rafael Milian y Juan Carlos Grillo,
directivos de la empresa Thiene Producer, S.A., contra Pedro Figueroa y Trimix
Entertainment, Inc., según el documento difundido este viernes a la prensa.
La demanda establece
que Figueroa y Trimix Entertainment Inc. engañaron deliberadamente a los
demandantes al hacerse pasar por representantes del reconocido artista
Chayanne.
Aprovechándose de
esta falsa representación, los demandados recibieron más de 800,000 dólares en
pagos para celebrar un concierto en Venezuela, a pesar de no tener ninguna
autoridad para actuar en nombre del artista.
Al descubrirse el
fraude, los demandantes exigieron la devolución de los fondos, pero los
demandados se negaron, causando pérdidas económicas que superan los cuatro
millones de dólares.
Los demandados
ofrecieron llevar la gira de Chayanne “Bailemos Otra Vez Tour” a Caracas y,
para ello, se firmó un contrato el 15 de octubre de 2024 para la realización
del concierto el 10 de mayo de este año en el Estadio Olímpico de la
Universidad Central de Venezuela.
Según la demanda, el
7 de febrero de 2025, Figueroa cambió unilateralmente la fecha del concierto al
20 de septiembre, alegando falsamente que Chayanne había solicitado el cambio.
El 13 de marzo
pasado, los demandantes contactaron al equipo de representación oficial de
Chayanne, quienes confirmaron que los demandados no tenían autoridad para
representar al cantante y negaron tener vínculos con ellos.
La empresa
venezolana, dedicada a la organización de eventos, sostiene que, además de los
pagos por 822,000 dólares, incurrieron en otros gastos como transferencias
bancarias, viajes a Puerto Rico y alojamiento, al tiempo que estimaron las
pérdidas sufridas.
La demanda incluye
inducción fraudulenta (‘dolo’), incumplimiento de contrato, violación del deber
de buena fe y trato justo, y enriquecimiento injusto.
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