El Tribunal Superior Electoral prohíbe al PLD reunión ocho de junio del Comité Central para seleccionar sus precandidatos presidenciales
SANTO DOMINGO, República Dominicana (26 Mayo 2025).- Al acoger en cuanto al fondo una medida cautelar, el Tribunal Superior Electoral (TSE) dispuso este lunes la suspensión provisional de la reunión del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) del domingo 8 de junio de 2025, que tenía como objetivo seleccionar a los aspirantes a precandidaturas presidenciales que participarán en proceso interno de la entidad opositora.
El TSE también rechazó el medio de inadmisión por falta de legitimación procesal activa planteado por la parte demandada, en atención a que el demandante, Eleuterio Abad Santos, ha acreditado su condición de miembro del Partido de la Liberación Dominicana, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, que justifica plenamente su legitimación activa para el ejercicio de esta medida cautelar.
La suspensión fue dispuesta tras acoger en cuanto al fondo la medida cautelar tendente a la suspensión de los efectos ejecutorios del numeral 3, del Acta núm. 3, de fecha 3 de marzo del año 2025, emitida por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por concurrir los presupuestos del artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, es decir, se ha acreditado la verosimilitud del derecho invocado; se ha verificado un perjuicio que podría dificultar la efectividad de la tutela que pudiera otorgarse en la sentencia definitiva y por identificarse la identidad entre objeto de la medida cautelar y la acción de fondo.
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