La jurisdicción continental del Tribunal de Arbitraje Deportivo cuestionada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
LAUSANA, Suiza (7 Agosto 2025).- La autoridad del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) está siendo cuestionada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el viernes pasado dictaminó que los tribunales nacionales deben poder realizar revisiones detalladas de los laudos arbitrales emitidos por el organismo legal mundial, cuyas decisiones se consideraron definitivas.
El fallo es potencialmente perjudicial para la
autoridad del TAS, el máximo tribunal del deporte, cuyos laudos se consideran
actualmente definitivos y no pueden volver a litigarse. Además, podría tener
consecuencias de gran alcance para la FIFA, el organismo rector mundial del
fútbol.
El fallo se deriva de una sentencia del TAS contra el
club belga Seraing, al que la FIFA prohibió inscribir nuevos jugadores y multó
con cerca de 143.000 euros en 2015.
La FIFA dictaminó que el Seraing había infringido las
normas al vender los derechos económicos de cuatro de sus jugadores al fondo
maltés Doyen Sports. El organismo rector del fútbol mundial declaró que no se
permite que terceros posean derechos económicos sobre los jugadores, y las
sanciones fueron confirmadas tanto por el TAS como por el Tribunal Supremo
suizo.
Sin embargo, Seraing llevó el caso ante los tribunales
belgas para impugnar la compatibilidad de las normas de la FIFA con el derecho
de la UE. El tribunal belga recurrió entonces al Tribunal de Justicia de la
Unión Europea, que dictaminó que la decisión del TAS era contraria al derecho
de la UE. «Es esencial que el recurso al arbitraje no menoscabe los derechos y
libertades que las normas fundamentales del derecho de la UE garantizan a los
atletas, clubes y, en general, a cualquier otra persona que practique un
deporte profesional o ejerza una actividad económica vinculada a dicho deporte»,
declaró el tribunal europeo.
«Por consiguiente, el Tribunal de Justicia dictamina
hoy que los tribunales nacionales deben estar facultados para llevar a cabo…
una revisión judicial exhaustiva sobre la conformidad de los laudos arbitrales
dictados por el Tribunal de Arbitraje Deportivo con el orden público de la UE».
El fallo pone en duda la firmeza de las decisiones del TAS cuando se basan en
cláusulas de arbitraje impuestas por organismos deportivos.
En respuesta a la sentencia, el Consejo Internacional
de Arbitraje Deportivo (CIAD), responsable de la financiación del TAS, declaró
que el tribunal tramitaba casos de todo el mundo y, por lo tanto, «la gran
mayoría de los casos ante el TAS se refieren a cuestiones contractuales y
disciplinarias no reguladas por el derecho de la UE». El CIAD añadió: «Los
asuntos relacionados con el derecho de la competencia de la UE ya pueden
impugnarse ante los tribunales estatales de la UE».
Matthieu Reeb, Director General del TAS, declaró: «Al
servicio de la comunidad deportiva internacional, el TAS seguirá ofreciendo una
resolución de disputas rápida y experta en todo el mundo».
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