LA HABANA.- Una
nueva disposición de la Aduana General de la República de Cuba, publicada este
lunes en la Gaceta Oficial, en edición extraordinaria, autoriza la importación
sin carácter comercial y por personas naturales, de equipos electrodomésticos y
ciclomotores eléctricos.
La Resolución 143, de mayo de 2013, establece la
entrada al país de estos artículos, siempre que su valor, cantidad y requisitos
técnicos se correspondan con los límites establecidos en la legislación
vigente.
Podrán importarse, solo en cantidad de dos,
acondicionadores de aire de cualquier tipo, si su capacidad no excede de una
tonelada; y cocinas y hornillas eléctricas (las vitrocerámicas de inducción) de
diferente modelo y cuyo consumo no pase de los 1,500 watt.
Se suman refrigeradores del hogar, freezer y otros
equipos eléctricos, como duchas, freidoras, calentadores de agua, planchas
domésticas, tostadoras de pan y hornos microonda, estos últimos de cualquier
tipo y con un consumo no superior a los 2,000 watt.
El microondas figura entre los electrodomésticos a importar por las personas
Cada persona natural puede entrar al país hasta dos
ciclomotores eléctricos, con partes y piezas, siempre que su velocidad máxima
no supere los 50 kilómetros por hora y la potencia del motor no exceda de mil
watt.
La Resolución 143 define, además, que los recursos
de reclamación iniciados antes de la entrada en vigor de esta normativa, y aún
no concluidos, se regirán por lo dispuesto en la presente.
No hay comentarios.: