El Gobierno dominicano anuncia que acogerá la sentencia del Tribunal Constitucional en caso CIDH
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SANTO DOMINGO, República Dominicana (4 Noviembre
2014).- El Gobierno dominicano acogerá la decisión que adopte el Tribunal
Constitucional sobre la legalidad del ingreso de República Dominicana a la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), ha informado el ministro de
Relaciones Exteriores, Andrés Navarro.
Explicó que el Tribunal Constitucional es la
instancia dominicana que tiene facultad para determinar si la adhesión del país
a ese organismo se hizo cumpliendo los requerimientos que establece la
Constitución de la República.
Afirmó que por lo tanto el Gobierno tiene la
obligación de acogerse al dictamen que emane de esa instancia judicial.
Manifestó que el Poder Ejecutivo ha dado muestras
reiteradas de que es respetuoso de la división de los Poderes del Estado
consagrada en la Carta Magna.
“El presidente Danilo Medina ha sido reiterativo en
su apego a la Constitución y en respetar la división de los Poderes, así como
de sus respectivas competencias”, expresó Navarro al conversar anoche con EL
DÍA.
Añadió que por lo tanto acatará la sentencia que
emane del Tribunal Constitucional sobre el tema en cuestión, independientemente
de la dirección en que se emita el fallo.
Herencia
de la SCJ
El Tribunal Constitucional heredó de la liquidación
de expedientes de la Suprema Corte de Justicia un recurso de inconstitucionalidad
interpuesto por varias personalidades e entidades de la sociedad civil contra
la forma en que la República Dominicana se acogió a la competencia de la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos.
Tres jueces del Tribunal Constitucional confirmaron
anoche a EL DÍA que el organismo falló a favor de la parte demandante y que por
lo tanto se dejaba sin validez la adhesión del país a ese organismo por haberse
hecho violando el procedimiento constitucional vigente en ese momento.
El Tribunal consideró que para el Estado asumir los
compromisos que conllevaba la adhesión a la Corte Interamericana de los
Derechos Humanos debía ser sometida por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional
y este aprobarlo.
El procedimiento utilizado en ese entonces fue una
comunicación enviada por el Presidente de la República a través del embajador
en la Organización de Estados Americanos, sin la aprobación congresional.
EL DÍA comprobó que los jueces del Tribunal
Constitucional sostuvieron una reunión en horas de la noche para tratar lo
relativo a la publicación de la sentencia, aprobada con una votación de diez a
favor y tres en contra. Luego de dar a conocer el dispositivo de la sentencia
se notificará a las partes y se incorporarán los votos disidentes si así lo deciden
los que votaron contrarios a la decisión.
Efectos sobre la sentencia
La sentencia del Tribunal Constitucional versa sobre
la afiliación del Estado dominicano a la Corte Interamericana de los Derechos
Humanos, lo cual tiene un efecto directo sobre las decisiones adoptadas por ese
organismo con referencia al país.
Al declararla inconstitucional, automáticamente
convierte en “no vinculante” para el Estado dominicano las decisiones de ese
tribunal internacional.
La más reciente decisión de la Corte fue adoptada el
28 de agosto y anunciada el 22 de octubre pasado, en la que ordena a la
República Dominicana modificar su Constitución, leyes, sentencias y reglamentos
internos para permitir que tengan la nacionalidad dominicana los hijos de
extranjeros en situación migratoria irregular nacidos en territorio dominicano.
La
sentencia 168-13
Esa disposición de la Corte también implica
desconocer la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional que esclarece los
principios que han estado vigentes desde 1929 para conceder la nacionalidad
dominicana y que son esclarecidos en la Constitución de 2010.
Sin embargo, juristas de diferentes corrientes,
incluyendo los que favorecen y critican la sentencia 168-13, coinciden en que
la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se excedió en sus atribuciones
con ordenar la modificación de la Constitución de 2010 y añaden que cada Estado
tiene la facultad soberana de definir su régimen sobre nacionalidad.
Condena
por repatriaciones masivas
La Corte falló en esa dirección aprovechando una
demanda que se interpuso contra el Estado dominicano por la acusación de
repatriar de manera irregular a ciudadanos haitianos residentes en el país de
manera ilegal y de varios que decían ser dominicanos.
Con relación a esos hechos ocurridos en 1999 y 2000,
que fue de lo que fue apoderado la Corte, el tribunal condenó al Estado
dominicano e incluso ordenó concederle documentos como dominicano a un
ciudadano que las autoridades demostraron que era haitiano y que residían en el
país de manera ilegal y que incluso había obtenido el documento para ir al
juicio utilizando un pasaporte emitido con documentaciones irregulares.
Fuente
EL DIA
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