RECHAZA EL TRIBUNAL ELECTORAL AMPLIACIÓN DE HORARIO VOTACIONES EN COMICIOS EXTRAORDINARIOS DEL 5 DE JULIO

SANTO DOMINGO, República Dominicana (13 Junio 2020).- La extensión del horario de votación en las elecciones del 5 de julio fue rechazada por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

El TSE declaró inadmisible la acción de amparo de la Fuerza del Pueblo (FP) y aliados que buscaba ampliar el protocolo sanitario que se usará en las elecciones extraordinarias del 5 de julio, entre ellos, que se extendiera el horario de votación.

La decisión del TSE fue adoptada con el voto disidente del magistrado Ramón Madera Arias, cuyas argumentaciones jurídicas serán incorporadas a la motivación de la sentencia. De igual forma, el TSE se declaró competente para conocer el recurso de amparo, ya que la Junta Central Electoral buscaba que no lo fuera.

Los partidos argumentan que las medidas adoptadas por la Junta Central Electoral (JCE), en la resolución 53-2020 sobre el protocolo sanitario para aplicar en los recintos y colegios electorales en las presidenciales y congresuales, no son suficientes para evitar contagio del COVID-19.

Los partidos buscaban que el horario de votación fuera de 12 horas para que haya una mayor movilización en los espacios de votación.

Además, que los funcionarios, delegados de partidos y el personal de apoyo sea sometido a pruebas de temperaturas al momento del ingreso al recinto de votación, aplicación frecuente a las credenciales de los funcionarios electorales, al personal y seguridad, colocación de cintas adhesivas de dos metros de distancia para que los electores mantengan alejados, desinfección de las cédulas de los votantes y entrega de kits de alimentos al personal para evitar entrada de estos desde afuera.

 

Asimismo, que se dispusiera de una unidad sanitaria electoral integrada por especialistas en epidemiología y veedores de los partidos y de la sociedad civil, tutelada por un miembro del pleno de la JCE a los fines de verificar los equipos, utilerías y componentes a ser adquiridos por empresas comerciales suplidoras o de Estado a Estado, a ser aplicados en el proceso electoral en tiempos de COVID-19, entre otros.


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