Recientemente, la Junta Central Electoral (JCE) emitió la Resolución 16-2025, que distribuye RD$750 millones como financiamiento público para los partidos políticos durante la segunda mitad del año 2025. De esta suma, el 10%, es decir, RD$75 millones, debe destinarse exclusivamente a programas de educación, formación y capacitación política.
Este mandato está claramente establecido en el
artículo 38 de la Ley núm. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos
Políticos, que dispone que los partidos deben especializar no menos del diez
por ciento (10%) de los recursos que reciben del Estado para estos fines,
orientando preferiblemente los programas a mujeres y jóvenes, con el propósito
de incentivar una participación política consciente y responsable. Cabe
destacar que esta disposición no es obligatoria en años de elecciones generales.
La capacitación política no es un gasto más dentro de
la estructura partidaria, sino una inversión estratégica que fortalece la
democracia al preparar líderes comprometidos, fomentar la inclusión y promover
una ciudadanía activa y crítica. Es vital que los partidos asuman este
compromiso con seriedad y responsabilidad, para que el financiamiento público
se traduzca en formación real y efectiva.
La Junta Central Electoral debe supervisar
rigurosamente el uso de estos recursos y exigir a los partidos informes
transparentes y verificables sobre la ejecución de sus programas de
capacitación. Solo así se garantizará que los fondos públicos cumplan su
objetivo y contribuyan a fortalecer la institucionalidad democrática en nuestro
país.
La educación política es la base para construir una
sociedad más participativa y justa. Por eso, respetar y cumplir el artículo 38
no es solo un mandato legal, sino un compromiso con el futuro de la democracia
dominicana.
Por PABLO VICENTE
El autor es abogado. Máster en derecho electoral y presidente
de FUJUDEL fujudel@gmail.com
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