LA JUSTICIA ESPAÑOLA SE NIEGA A ABRIR UNA CAUSA GENERAL AL GOBIERNO POR LA COVID-19; JUECES NIEGAN INVESTIGACIONES "PROSPECTIVAS"

MADRID (22 Junio 2020).- El goteo de querellas contra el Gobierno por la gestión de la pandemia sanitaria ha sido incesante. Solo en el Tribunal Supremo hay presentadas medio centenar de ellas contra miembros del Ejecutivo. Además, cada día llega a los distintos juzgados nuevas denuncias para iniciar actuaciones penales contra funcionarios y altos cargos del Gobierno de Pedro Sánchez. Pero por ahora la respuesta que se está dando desde la justicia ha sido el carpetazo a varias de ellas.

La única juez que decidió iniciar una investigación fue la titular del juzgado de instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, para finalmente dar por zanjado el asunto contra el delegado del Gobierno en MadridJosé Manuel Franco, y archivar la causa. El cierre de este caso dejó en evidencia la labor de la Guardia Civil, que aseveraba que el Gobierno permitió la celebración de manifestaciones multitudinarias durante el mes de marzo a sabiendas del grave riesgo de contagio que existía.

La causa de Rodríguez-Medel no era la única abierta, aunque otros jueces se han negado a acordar diligencias de investigación. Han sido ya varios los jueces que han alertado de que la expansión del virus no se podía predecir y, por tanto, no puede haber responsabilidad penal en, por ejemplo, la falta de medios de protección. Fuentes jurídicas explican que una cosa es la responsabilidad del Gobierno por no haber actuado antes o de otra manera y otra es que esa responsabilidad tenga un alcance penal, es decir, la comisión de un delito.

Uno de los jueces que ha archivado una querella contra el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias SanitariasFernando Simón, advierte del riesgo de algunos querellantes de pretender que se abra “una especie de causa general” contra miembros del Ejecutivo.

En un auto, al que ha tenido acceso La Vanguardia, la juez de Madrid Coro Monreal se niega a abrir un “investigación prospectiva, sin aportar un indicio objetivo de su realidad de conocimiento propio del querellante”, en este caso, una asociación de víctimas de la Covid-19. Uno de los delitos por los que denunciaban a Simón es el de homicidio imprudente. La instructora dice claramente que ni se identifica a las víctimas, ni se describe el resultado lesivo sufrido por estas, ni se aporta nada que avale la existencia de un nexo causal entre el actuar de Simón “y tan graves resultados”. De hecho, recuerda que en vez de la penal la vía pertinente para exigir responsabilidades es la jurisdicción civil, contenciosa administrativa o exigir responsabilidad patrimonial por el mal funcionamiento, “pero no la penal”.

La magistrada también resuelve la inexistencia de un delito de prevaricación, precisamente por el mismo que su compañera investigó a Franco. Advierte que para que exista prevaricación la decisión administrativa adoptada, además de ser ilegal, debe ser “injusta y arbitraria”, es decir, que el autor actúe a sabiendas de la injusticia de la resolución. “En la querella no se aportan las resoluciones arbitrarias, ni se citan cuáles haya omitido estando obligado a dictarlas, y menos aún se puede atisbar en la conducta del funcionario denunciado”, recoge la resolución.



Por CARLOTA GUINDAL/La Vanguardia

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